Un documento básico para poder exportar es la factura comercial (conoce más sobre documentos para exportación aquí). Si estás exportando desde México, y tu exportación es definitiva (Clave de Pedimento A1), es importante que tomes en cuenta que esta factura comercial debe estar timbrada, es decir, debes emitir un CFDI al igual que con las facturas que utilizamos para el comercio nacional; sin embargo, los campos que se deben completar son distintos.
A continuación te presentamos cuáles son:
En primer lugar, deberás verificar que tengas instalado en tu sistema usual de facturación el Complemento de Comercio Exterior, es este Complemento el que te permitirá ingresar todos los campos necesarios en una factura para exportaciones. También, al momento de habilitar este complemento, el valor de tu mercancía quedará expresado en dólares americanos, que es cómo se solicita que estén expresados los montos en las facturas para comercio internacional.
Los campos que deberás completar en una factura para exportación son los siguientes:
Datos fiscales de tu comprador (importador).
Fracción Arancelaria de tus productos (puede conocer más sobre fracciones arancelarias aquí).
Clave del Pedimento (si tu exportación es definitiva indica la clave A1, de lo contrario, no estás obligado a emitir un CFDI).
INCOTERM® pactado con tu cliente (puedes conocer más sobre INCOTERMS® aquí).
Considera también que:
La descripción de la mercancía debe estar igual a la que utilices en la lista de empaque y en el Certificado de Origen (si aplica), y debes presentarla en idioma inglés.
Los montos deben estar expresados en dólares de Estados Unidos.
Las exportaciones no gravan IVA por lo que no deberás considerarlo.
Recuerda que no presentar la documentación completa y correcta al momento de exportar genera retrasos y costos extras por concepto de demoras ¡No te arriesgues!
¡Espero que esta información haya sido útil para ti!
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Fundamento legal:
Código Fiscal de la Federación, artículos 14, 29 y 29-A.
Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.7.1.19., 2.7.1.31., 2.7.7.10., 2.7.7.11.
Reglas Generales de Comercio Exterior 2022 2.4.12 y 3.1.38.
Resolutivo Cuarto de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, que reforma el Transitorio Décimo Séptimo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, publicada en el DOF el 27 de diciembre de 2021.
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